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AUTORIZACIÓN BANCARIA PARA CLIENTES Si usted es cliente y posee la forma de pago a través de giro bancario, sea cual sea el vencimiento, es de vital importancia que lea la siguiente información. Según la ley 16/2009 de 13 de noviembre, de servicios de pago incumbe directamente a los clientes con los que nuestra empresa mantiene una relación interbancaria. La adaptación de estos aspectos implica para el emisor de recibos la necesidad de tener siempre en su poder la autorización firmada por el deudor a quien se gira el recibo. Por lo tanto, es necesario que nos remita el documento de autorización para giros bancarios. Pueden remitirlo a través de los siguientes medios: 1- Por correo ordinario, a la dirección C/ Celleters, 132 nave B-1 - 07141 - Pol. Ind de Marratxí - Mallorca 2- Por correo electrónico, con el archivo escaneado adjunto, a contabilidad@labelinf.com En caso de no recibirlo antes del 30 de junio de 2010, nos veremos en la obligación de cambiar su forma de pago habitual a 'CONTADO' En caso de cualquier duda o aclaración puede contactar con contabilidad@labelinf.com |